Termina la TUR vecinal para las Comunidades de Propietarios

Fuente: https://www.miteco.gob.es/content/dam/miteco/es/prensa/faqturahorrovecinal_tcm30-546683.pdf

Las Comunidades de Propietarios que hayan contratado la TUR vecinal tienen de plazo hasta el 1 de enero de 2024 para cambiarse a una Comercializadora del mercado libre, pasando de la Tarifa Regulada a una “tarifa transitoria” aquellas que no cambien de contrato antes de fin de año.

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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico calcula que el el fin de las ayudas del gas afectará a 6.700 comunidades de vecinos con un consumo anual superior a 50.000 kWh, que se benefician actualmente de los precios subvencionados de la Tarifa Regulada del Gas Natural.

¿Por qué se termina la TUR vecinal?

El motivo del final de la Tarifa de Último Recurso de gas natural para Comunidades de Propietarios, vigente desde el 20 de octubre de 2022, es que desde su origen se diseñó como una medida temporal que finalizaba el 31 de diciembre de 2023.

Así se recogía en el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 19 de octubre de 2022, en el que se aprobó la TUR de ahorro vecinal junto a otras medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía.

Moratoria para instalar contadores individuales

Aquellas Comunidades de Propietarios que se acogieron a la Tarifa de Último Recurso, tuvieron que comprometerse a la instalación de un sistema de contadores individualizados y a la realización de una inspección de eficiencia energética antes del 30 de septiembre de 2023.

En este sentido, como paso previo al fin de la TUR vecinal, el BOE de 28 de septiembre de 2023 ha publicado la Orden TED/1072/2023, de 26 de septiembre, que concede una moratoria de un año (hasta el 30 de septiembre de 2024) para que las fincas con calderas comunitarias cumplan con el requisito de instalar contadores individuales para evitar el recargo del 25% de penalización por beneficiarse de la ayuda.

Para disfrutar de la moratoria, aquellos que no hayan remitido a la comercializadora de último recurso el certificado de instalación de los contadores individuales de calefacción, deberán comunicar mediante declaración responsable a la comercializadora, en un plazo máximo de treinta días, experimentar dificultades técnicas o administrativas que les impidan el cumplimiento del plazo previsto.

Información de las comercializadoras de último recurso

De forma adicional, en la Orden se establece que las comercializadoras de último recurso deben informar antes del 15 de octubre de 2023 a las Comunidades acogidas a la Tur vecinal de la necesidad de contratar el suministro a partir del 1 de enero de 2024 con una comercializadora del mercado libre y de la aplicación de una tarifa transitoria a las comunidades que queden sin contrato de suministro.

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